La prohibición del pañuelo islámico en los centros educativos públicos es un asunto interno y de respeto a sus normas “con la finalidad de garantizar la formación de los escolares". Con este argumento el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado una sentencia de febrero de 2012 que dio la razón al Instituto Camilo José Cela de Pozuelo de Alarcón. Los hechos se remontan al año 2010, cuando este centro escolar prohibió a Najwa Malha, entonces una alumna de 16 años, asistir a clase con velo porque las normas del instituto establecían que “en el interior del edificio no se permitirá el uso de gorras ni de ninguna otra prenda que cubra la cabeza".
El TSJM no ha entrado a valorar si se vulneró la libertad religiosa de la estudiante y rechazó el recurso de la familia considerando que no debería haber sido admitido, al tratarse de "una sanción leve, por el incumplimiento de las normas de convivencia del centro". Según este tribunal para aceptarlo la sanción debería no haber sido inferior a los 30.000 euros.
Contra este dictamen una de las cinco magistradas de la sala emitió un voto particular, al considerar que con su recurso la familia no pretendía subsanar un daño académico, sino la protección de un derecho fundamental como es la libertad religiosa de la menor.
A pesar de todo, la decisión del TSJM no “disgusta” al abogado de Najwa Malha. El letrado Iván Jiménez Aybar ha asegurado que esta sentencia le permite “un acceso más directo al Tribunal Constitucional”, para el que ya prepara un recurso de amparo.
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Desestimacionpublicada el ( 5 abr 2013 ) por Beltran |
Estoy bastante de acuerdo con la opinión anterior, y creo que tenemos que respetar a los demas, siempre que su aptitud no moleste a los demas. |
Velopublicada el ( 4 abr 2013 ) por Sara |
Este tipo de asuntos siempre generan controversia. Todo depende del punto de mira con el que se mire. Por un lado entiendo la centro escolar, que ha de hacer respetar unas normas que son iguales para todos, y por el otro comprendo a la alumna, que tiene todo el derecho a profesar de manera libre su religión, siempre que ésta no invada la libertad de los demás. Es este tipo de temas lo mejor es no adoptar posturas radicales, que tan sólo conducen al enfrentamiento. |